Estudio INA 1 . 2 . . observaciones 1 . 2 . 3 . . planicie . . Parque Industrial 1 . 2 . 3 . . Pilará 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . . causa Pilará 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . . planEscobar 1 . 2 . 3 . 4 . . Ord 727 1 . 2 . 3 . . Consultatio 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . . altimetrias . . San Sebastián 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . 28 . 29 . 30 . . embalses . . EIDICO . 1 . 2 . . mentiras . . mantos . . quantum . . La Cañada 1 . 2 . . humedal Escobar 1 . 2 . 3 . . Cartas Doc a Scioli . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . miserias . . cartas doc al OPDS 1 . 2 . 3 . a la AdA . . al JuzgFed Nº1 SI . 1 . 2 . . al Fiscal Federal . a Sergio Massa 1 . 2 . . a Zúccaro 1 . 2 . 3 . . a Arlía . . a Alvarez Rodríguez 1 . 2 . 3 . . a Ma Eug. Vidal . . a otros . . a Camara Fed Rudi . . atropellos 1 . 2 . 3 . 4 . . playboy . 1 . 2 . . downtown pilar . 1 . 2 . 3 . 4 . . los tacos 1 . 2 . . poblado . . puertoescobar 1 . 2 . 3 . 4 . . areco . . cloaca 1 . 2 . 3 . 4 . . causa 2843 JF1SI 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . Colony Park 1 . 2 . . preguntas 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . respuestas . . remediacion . . recusacion . . amicus . . propuesta 1 . 2 . . terraplen . . jurisprud . . archivolegislativos . . hidrolinea 1 . 2 . 3 . 4 . . a la ley de humedales . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . 25 . 26 . 27 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . . humedales de Escobar . 1 . 2 . 3 . . art 59 . . Res.29/09 . . eiaydia 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . Valls . . parentescos . . contralor . . salvedades . . IAB . . flujo termodinámico 1 . 2 . 3 . convenglish . . plataforma 1 . 2 . . termodinamica 1 . 2 . 3 . . riovivo . . riomuerto . . sedimentología . . acuíferos . . puelches 1 . 2 . 3 . . sustentable. 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . . agua 1 . 2 . 3 . . pendientes 1 . 2 . . Luján . 1 . 2 . 3 . maná del cielo 1 . 2 . 3 . . ensanche . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . . Salida Luján 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . Aliviador . . Reconquista 1 . 2 . 3 . 4 . . BID . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . . Los expedientes del Valle de Santiago . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . tosqueras 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . Zanjón Villanueva . 1 . 2 . 3 . . garin . . las tunas . . Larena . . Vinculación . 1 . 2 . . albanueva . . el cazal 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . cantón . . ley particular . . emergencias . 1 . 2 . inundate . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . colinacarmel . . carmel . . Comilú . 1 . 2 . 3 . . comireclu . . otamendi . . Verazul . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . Anibal . . jubileo . . cauce robado . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . hidrometrias . . invitacion . . linea de ribera . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . cartadocdevido . . compuertas . . Mercedes . . serman . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . audienciaremeros . . Silvosa . . venice . . canalsantamaria . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . . martindelaisla . . edafologias . . limosnas . . crimenes . . teatro Pilar. 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . karmas: del Aliviador . bajos al Norte . Reconquista . Tigre . Lujan . . sincerar 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . santana . . basural . . abismos . . dominialidades . . index

Nueva denuncia al MICI y al OII del BID

1. El que suscribe Francisco Javier de Amorrortu es residente en la Provincia de Buenos Aires, donde se lleva a cabo el desarrollo del proyecto AR-L1121, programa 3256/OC-ARde cloacas y plantas de tratamiento. Enmarcar esta denuncia con el nombre, adjetivaciones y afectaciones que Uds proponen, conformaría un simple desliz, que nos alejaría del concepto de derecho subjetivo público y nos impediría afirmar que esta es una denuncia formal en toda la línea.

2. Presento formal reclamo y denuncio al BID a través de la OII y MICI, por la nula “efectividad” de las propuestas aprobadas y los velamientos de crímenes hidrológicos e identificación de las responsabilidades puntuales y exclusivas, que en conciencia y en derecho padecemos por los frutos de los aportes que hizo el BID en los últimos 22 años para la concreción del mentado Aliviador del Reconquista, que terminaron conformando otro sarcófago aberrante de la “ciencia” “hidráulica”, que hoy no saca el 1% de sus flujos ordinarios al Luján y a través de éste, al estuario. Y ahora insiste la obtusa AySA y también Vosotros con el irremplazable dinero -que así los compromete-, en hacer cloacas y plantas de tratamiento para vertir sus efluentes en este sarcófago esperpéntico paralizado en sus dinámicas ordinarias, que solo saca vómitos en eventos máximos.

Continuan con la tarea de seguir poniendo cemento en sus riberas con el pretexto de construir un camino de borde y así violando todas las leyes al respecto (márgenes libres art 5º, dec 11368, regl ley 6253), e ignorando el elemental respeto al 1º de los enunciados en el par 2º del art 6º, ley 25675 que apunta en primerísimo lugar a velar por equilibrio en la dinámica de los sistemas ecológicos y en adición mintiendo con los procesos ambientales por completo ausentes.

Ver I 72832 en SCJPBA por  http://www.hidroensc.com.ar/incorte122.html  e I 73114 por  http://www.hidroensc.com.ar/incorte138.html

3. No solo ya despilfarraron centenares de millones de dólares aplicados a construir estas aberraciones, sino que siguen sumando desastres en este cajón tutankamónico que rinde honores horrorosos a la física matemática y a la tumba de Isaac Newton en nuestras planicies pampeanas.

La actual titular de AySA es la esposa del ex intendente de Tigre Sergio Massa, que junto con el anterior Ubieto son los responsables de haber permitido las invasiones de las riberas y los avales a los espantosos crímenes hidrogeológicos obrados en barrios cerrados de lujo vecinos inmediatos de este cadáver tutankamónico. El anterior titular de Aysa José Inglese fue el consultor responsable de dar la bendición a las mayores aberraciones hidrogeológicas e hidrológicas en estas planicies intermareales. Sus niveles de inconciencias no tienen nombre.

Las propuestas de Duhalde y de Scioli, hoy lo son de voluntariosos politólogos que no saben para qué lado disparar y de consultores que gozan del marketing de los conquistadores urbanos responsables de los más aberrantes crímenes hidrológicos (art 420 bis CPFM) y estragos hidrogeológicos (art 200 CPN). ¿A qué juega el BID en esta mesa de inconcientes?

Ver antecedentes desde este http://www.delriolujan.com.ar/bid.html hasta el más reciente http://www.delriolujan.com.ar/bid19.html

Insisto: los evaluadores del BID comparten el mismo pensiero mecánico de los que proyectan estas aberraciones e ignoran y violan los presupuestos mínimos que en este país deberían impedirlos.

Para tomar conciencia de los elementales traumas en los catatónicos flujos del Aliviador solo se necesita un dedo de frente y otro de sinceridad unterior para referir de todas las violaciones a las leyes generadas en primer lugar por los municipios, rematadas luego por las obras dispuestas por Provincia. Ver en adición a las ya mencionadas, los incs d y e, art 5º, ley 25688, art 2º par e, enunciado 1º del par 2º del art 6º, 8º, 12º, 19º y 20º de la ley Gral del Ambiente, arts 3º, 6º, 7º, 8º, 14º, 18º, 23º, 25º, 27º, 34º, 35º, 36º, 39º, 40º, 41º, 42º, 43º y 44º de la ley prov. 11723, art 9º, ley 13569, art 2º y 4º ley 5965 y en el glosario de la ley 11723, ver definición de la voz “ecosistema”

4. Ninguna institución científica o técnica (INA-CONICET) asoma su nariz a estos esperpentos. La condición fatídica de este poluto sarcófago carga inocultable capa límite térmica e hidroquímica responsables de la monstruosa disociación con las aguas hipopicnales del Luján, ilusorio cuerpo receptor, que tampoco alcanza a sacar el 1% de sus flujos ordinarios al estuario. Todo marcha por el freático, el Pampeano y el santuario Puelches, cuyos niveles de nitratos en perforaciones enlos Altos de Escobar superan 6 veces lo máximo admitido.

Ver denuncia por csj769hechonuevo.pdf

Ver csj769expropia.pdf

La salida más concreta y directa consiste en el desvío a 45º de este cajón de muertos a la altura del aeropuerto de San Fernando para conducirlo a un canal de San Fernando ensanchado, ahorrándole 11,5 Kms de inútil recorrido. Es aquí donde deben aplicar Vuestros dineros, para así comenzar a probar que entienden el valor de respetar al 1º de los enunciados del par 2º, del art 6º, el único que define lo que es un presupuesto mínimo. Sumar dinero y obras en una carreta instalada delante de un buey muerto, solo sirve para generar más muertos.

Recortar en 11,5 kms las pestes que siembra este Reconquista ya es un logro fenomenal. Y ver fluir por el Aliviador en sentido inverso, las aguas limpias del Paraná de las Palmas que bajan por el canal Arias y el Caraguatá serán bendición para todos los barrios de lujo, que hoy ven en la apuesta de US$80 millones de la Maternidad Suiza de Belocopit en tierras de Nordelta, el único paliativo a las enfermedades que en aires, aguas y subsuelos inmundos, allí prosperan.

Todos los barrios cerrados de los bajos de Mildberg empezarán a sentir de inmediato los efectos traducibles en la salud de los aires, aguas, suelos y subsuelos

Seguir haciendo cloacas, plantas de tratamiento y cementando las riberas de este monstruo descubre la ingenuidad de millones de ciegos.

Si los ingenieros de la DIPSOH siguen mudos y se resisten a pasar por el confesionario es porque están ciegos. Las irresponsabilidades de la más desestructurada AdA firmando resoluciones provisorias, precarias y revocables, ahora se trasladan a la SSRHP delMINFRA con un funcionario de su riñón.

5. De los responsables políticos es inútil hablar. Pero al menos adviertan Señores del BID que no tienen Uds ningún respaldo crítico, ni cognitivo de ecología de ecosistemas hídricos con presiones urbanas en planicies extremas, ni judicial, ni de balance de lo actuado en estos 22 años para superar en nada estas miserias. Y Vuestros dineros, hoy, sin conciencia de estos crímenes que sostienen carácter imprescriptible y vienen tipificados por art 200 CPN y art 420 bis del Código Penal Federal Rep. de Méjico al que nos unen marcos de convencionalidad con carácter supra constitucional, hoy, reitero, solo apuntan a agravarlas.

De las recientes denuncias giradas al MICI y al OII solo hemos recibido la respuesta del 8/8/2020 del OII señalando:

La Oficina de Integridad Institucional (OII) analizó la reclamación suministrada y determinó que la información incluida no está relacionada con prácticas prohibidas, según las políticas del BID y sus definiciones aplicables.

Ante lo anterior, OII no estará realizando actividades relacionadas con su denuncia.

OII recibió de su parte una denuncia sobre los mismos hechos en el pasado, la cual según le informamos, tampoco estaba relacionada con prácticas prohibidas y fue referida al MICI según usted había solicitado.

Agradecemos su compresión y cooperación con los esfuerzos de integridad del Grupo BID

 

Nuestra respuesta del 11/8/2020

Agradezco el lenguaje cordial. La palabra “integridad” recibe alimentos de 4 raíces. Y la cordialidad es un primer paso para descubrirlas.

Es obvio que Uds han ganado suficiente experiencia para mejorar el lenguaje despectivo de otros tiempos.

También es obvio, que Uds no están obligados a declarar en Vuestra contra.

Pero después de 20 años de trabajar en estas lides judiciales bien específicas no tengo la menor duda de las aberraciones hidrológicas criminales que Uds han contribuído a generar y ahora imaginan con un poquito de maquillaje en las riberas se diluirán.

Panorama de causas en Corte Suprema de Justcia de la Nación donde el BID aparece denunciado.

En la causa CSJ 769/2020 en la Secretaría de Juicios Originarios de Corte Suprema de la Nación hay 92 páginas dedicadas al proyecto AR L1121-0039. Ver por http://www.hidroensc.com.ar/csj769reconquista.pdf, que ahora se verán enriquecidas con estas que carga el programa 3256/OC-AR

En las causas CSJ 791 /2018 en CSJN y CAF 21455/2017 (que ya recibió su traslado a CSJN), aparece denunciado el proyecto AR L1257 referido al emisario de Berazategui de efluentes al estuario.

Ver por http://www.hidroensc.com.ar/incorte239.html  la CSJ 791/2018 y adicionales 15 html que la nutren;y la CAF 21455/2017 y 12 html que le siguen por  http://www.hidroensc.com.ar/incorte221.html  

Por CSJ 770/2020 http://www.hidroensc.com.ar/csj770puertonuevo.pdf denuncio el proyecto AR-T1206-P006 de créditos para el tratamiento de los lodos de AySA. cuyas inconcebibles capturas muestra este video https://www.youtube.com/watch?v=x0X_0OBjn1c

Esos crímenes ya han sido obrados o están en marcha, pero de lo que se trata, es que hayan aprendido algo, para no reiterarlos. Calificaciones de corrupción, colusión o fraude son adecuadas para relacionar a crímenes ambientales; pero insignificantes para crímenes contra Natura, que cuando se enoja, a todos endreza

Por eso insisto en valorar el orden de los 4 enunciados del par 2º, art 6º, de nuestra ley General del Ambiente, el único que define lo que es un presupuesto mínimo. Tan mínimo, que resulta inconcebible cómo se han dado en todo el orbe a hablar de problemas ambientales, sin antes haber mirado por el arte de las transferencias de energías en Natura; esas que los griegos llamaban Füsis.

Mirando polución o inundaciones no se aprende a mirar por las energías que dinamizan los flujos ordinarios de los ríos de llanura.

Por ello invito a Vuestros evaluadores a dar este primer paso: antes de mirar por calamidades en la carreta ambiental, mirar por el buey solar que mueve las aguas. El orden de los 4 enunciados del par 2º, art 6º, ley 25675, así lo ordena.

Estos abismos cognitivos no se resuelven con velos procedimentales.

La raíz *gri (gredio/ querer) de la voz integridad no se conforma con velos.

Saludo con aprecio, Francisco Javier de Amorrortu

Respuesta también visible por http://www.delriolujan.com.ar/bid19.html

 

Notificación del 24/8/20 al OII y al MICI del BID  

 

Cumplo en informar al OII de esta nueva presentación a la causa CSJ 769/2020 en donde aparece denunciada la formalización de un proceso ambiental extemporáneo, carente de los soportes de criterio previos para una generación de estudios de impacto ambiental y de los posteriores para la evalución de las observaciones.

 

La inconstitucionalidad de esta propuesta es la novedad denunciada como hecho nuevo, aunque de hecho nuevo tenga muy poco, porque así ha sido siempre el accionar del BID: evaluar por su cuenta y nunca verificar que los debidos procesos locales se hayan cumplido en forma previa a la aprobación de los créditos. 

Hecho nuevo http://www.hidroensc.com.ar/csj769hechonuevo.pdf  que se suma a la causa CSJ 769/ 2020 en CSJN visible por http://www.hidroensc.com.ar/csj769reconquista.pdf 

 

A pág 23 de este pdf apunto una propuesta de remediación que respeta el orden de los temas a considerar: en este caso, el recorte de 11,5 Kms del innecesario tránsito de sus flujos ordinarios, que en forma artificial le fue decidido hace 16 años.

 

Espero que aprovechen la ocasión para reflexionar sobre estos desenfoques procedimentales y en particular sobre la plena desatención que unos y otros prestan al orden de los 4 enunciados del par 2ºº, art 6º, ley General del Ambiente. Esta ampliación de la denuncia ya en la CSJN, reconoce adicional denuncia penal al Procurador General de la SCJPBA, Dr Julio M. Conte Grand.

 

Saludo Atte, Francisco Javier de Amorrortu