Estudio INA 1 . 2 . . observaciones 1 . 2 . 3 . . planicie . . Parque Industrial 1 . 2 . 3 . . Pilará 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . . causa Pilará 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . . planEscobar 1 . 2 . 3 . 4 . . Ord 727 1 . 2 . 3 . . Consultatio 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . . altimetrias . . San Sebastián 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . 28 . 29 . 30 . . embalses . . EIDICO . 1 . 2 . . mentiras . . mantos . . quantum . . El cazal EIRSA 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . La Cañada 1 . 2 . . humedal Escobar 1 . 2 . 3 . . Cartas Doc a Scioli . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . miserias . . cartas doc al OPDS 1 . 2 . 3 . a la AdA . . al JuzgFed Nº1 SI . 1 . 2 . . al Fiscal Federal . a Sergio Massa 1 . 2 . . a Zúccaro 1 . 2 . 3 . . a Arlía . . a Alvarez Rodríguez 1 . 2 . 3 . . a Ma Eug. Vidal . . a otros . . a Camara Fed Rudi . . atropellos 1 . 2 . 3 . 4 . . playboy . 1 . 2 . . puertoescobar 1 . 2 . 3 . 4 . . areco . . cloaca 1 . 2 . 3 . . causa 2843 JF1SI 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . Colony Park 1 . 2 . . preguntas 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . respuestas . . remediacion . . recusacion . . amicus . . propuesta 1 . 2 . . terraplen . . jurisprud . . archivolegislativos . . hidrolinea 1 . 2 . 3 . 4 . . a la ley de humedales . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . 25 . 26 . 27 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . . humedales de Escobar . 1 . 2 . 3 . . art 59 . . Res.29/09 . . eiaydia 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . Valls . . parentescos . . contralor . . salvedades . . IAB . . flujo termodinámico 1 . 2 . 3 . convenglish . . plataforma 1 . 2 . . termodinamica 1 . 2 . 3 . . riovivo . . riomuerto . . sedimentología . . acuíferos . . puelches 1 . 2 . . sustentable. 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . . agua 1 . 2 . 3 . . pendientes 1 . 2 . . Luján . 1 . 2 . 3 . maná del cielo 1 . 2 . 3 . . ensanche . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . . Salida Luján 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . Aliviador . . Reconquista 1 . 2 . 3 . 4 . . BID . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . . Zanjón Villanueva . 1 . 2 . 3 . . garin . . las tunas . . Larena . . Vinculación . 1 . 2 . . albanueva . . cantón . . ley particular . . emergencias . 1 . 2 . inundate . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . colinacarmel . . carmel . . Comilú . 1 . 2 . 3 . . comireclu . . otamendi . . Verazul . 1 . 2 . 3 . . Anibal . . jubileo . . cauce robado . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . hidrometrias . . invitacion . . linea de ribera . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . cartadocdevido . . compuertas . . serman . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . audienciaremeros . . Silvosa . . venice . . canalsantamaria . 1 . 2 . 3 . . martindelaisla . . edafologias . . limosnas . . crimenes . . index

Borrador de una denuncia al BID con guía de ruta de la inefable COMIREC

Ruta, según este oficio del reciente Junio 2013 del COMIREC:

Este Documento se realiza para identificar los Impactos potenciales en la ejecución de la operación, y orienta para la preparación de los Estudios de Impacto Ambiental específicos de las Obras, los que deberán ser sometidos a la aprobación del Organismo Ambiental de la Provincia de Bs. As (OPDS).

El mismo, se circula para su Revisión, y posterior corrección.

El objetivo es que esté focalizado en toda la cuenca. Por lo cual todas las correcciones se incorporarán al documento como anexos.

El viernes 14 estará publicado en la WEB del Ministerio de Infraestructura y del COMIREC el Documento que preparó El Banco Interamericano De Desarrollo; la Evaluación Ambiental y Social (EAS) Marco, versión preliminar.

El día 15 de Junio comenzaremos así: el proceso interactivo de Audiencia Pública Virtual, que se reforzará con publicaciones en las Redes Sociales, radios zonales, y canales locales, para una mayor difusión. Ese mismo día, se invitará a los distintos Consejos Consultivos de Cuenca Alta, Media y Baja, a realizar 3 talleres en simultáneo, para el día 25 de Junio; de esta experiencia podrán surgir otras observaciones, las que serán también incorporadas al EAS; Documento éste que  se presentará al Directorio del Banco Interamericano de Desarrollo, antes de fines del mes de julio. 

De ésto se trata:

BID Proyecto: AR-L1121

Subtipo de Proyecto: Inversión Específica

Año y Categoría: 2014A

Prestatario: Provincia de Buenos Aires . Garante República Argentina

El Convenio se ha rubricado el 8/09/10 por las autoridades del Banco y la Provincia de Buenos Aires.

Para su desarrollo el BID otorga su cooperación técnica NO reembolsable

Por tanto: asistencia t écnica gratuita del Banco Interamericano de Desarrollo para el desarrollo y puesta en marcha del Plan Director de cloacas de la región noroeste del Gran Buenos Aires, abarcando los partidos de Malvinas Argentinas, José C. Paz, Moreno y Pilar.

Programa de Gestión Urbano Ambiental Sostenible de la cuenca del río Reconquista

Equipo de Proyecto: Sergio Campos (WSA/CAR); Omar Garzonio (WSA/CAR), Fernando Bretas (INE/WSA), Kleber Machado (INE/WSA); Horacio Terraza (INE/WSA); Serge Troch (VPS/ESG), Jonathan Renshaw (VPS/ESG) y Cynthia Nuques (INE/WSA).

Jefe del Proyecto del BID: GARZONIO, OMAR DARIO

Jefe del Proyecto del BID: MACHADO, KLEBER B.

Evaluación de Impacto Ambiental y Social Global (EIASG) .

De conformidad con la Política de Acceso a Información, el presente documento está sujeto a divulgación pública. Borrador sujeto a modificaciones . Julio 2012

Antecedentes

Finalizada la ejecución del Programa 797/OC-AR, la PBA, a través de la Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda (SSUyV), concibió un Programa Integral de Desarrollo Urbano y Saneamiento Ambiental para la PBA en el marco del cual se incluyeron criterios para determinar el riesgo sanitario a que estaban expuestos sus diversos partidos incluyendo aquellos que ocupan las márgenes del río Reconquista.

La Cuenca del Río Reconquista es de extensión inter-jurisdiccional a nivel municipal, se encuentra íntegramente comprendida dentro de la jurisdicción del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (GPBA). La cuenca se caracteriza por ser un complejo entramado institucional, ecológico, económico y social, sobre el cual tienen jurisdicción el Estado

La ley 12.653 es la normativa que establece y regula la actividad de la Cuenca, en tanto faculta a un organismo específico con capacidad jurídica plena (COMIREC) a realizar las acciones que conduzcan hacia una gestión de preservación del recurso hídrico y de la cuenca como una integralidad económico-social particular. El Comité es el organismo que el Ministerio compone en conjunto con otros organismos provinciales

El Plan de Manejo Integral de la Cuenca del Río Reconquista, está gestionado por un Organismo de Cuenca: la COMIREC.

Que hasta hace unos pocos meses estaba integrado por la Arq Mara Anselmi, 43 años, que nunca en su Vida puso un barquito de papel a navegar en estos tributarios urbanos; tampoco ahora. Sin embargo, es una encantadora persona que resuelve todo con tweets. Junto a Ella, dos asistentes comparables. Estas 3 personas atienden los reclamos y miserias de 5 millones de personas. Fácil es estimar el peso específico de cada una de Ellas.

Si hacen falta rostros angélicos, aquí tenemos el de la ministra de Gobierno a quien nadie le endilgaría brutos crímenes hidrogeológicos. Sin embargo, su jefe, con la cara un poco más dura de tanto maltrato, la ha puesto de fusible de sus torpezas; esas que ha multiplicado en favor de sus amigos de EIDICO y otros que se han dedicado a descabezar el santuario Puelches sin piedad.

Comuniones que se repiten en otros fusibles cercanos al jefe, tal el caso de A. Pérez al frente del CIOUyT, también con cara de santo, que han venido cercenando la competencia que durante 27 años tuvo el plantel técnico de la DPOUyT - Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial en el MOSPBA -ahora MINFRA-, para disponer de los cambios de ordenamiento territorial sin salir del palacio y administrar su propio Hollywood, L.A.

Imagino que al lector le sorprenderá que mezcle estos temas de los rostros, incluso sin maquillar, con el de las denuncias a una institución de crédito.

Sin embargo, nos invitan a reflexionar sobre lo que aportan las bellas evaluaciones de impacto ambiental, sin el más mínimo soporte de ecología de ecosistemas; y en especial, de sus enlaces y gradientes termodinámicos e hidroquímicos. Sin los cuales, también esa ecología no pasa de ser una mera fachada. Sobre estas fachadas Mark Sagoff nos advertía:

La ecología de los ecosistemas debe superar cuatro obstáculos conceptuales antes de que pueda considerarse parte exitosa de la ciencia ecológica:

· debe proporcionar una definición del concepto de "ecosistema" que permita delimitar de forma inequívoca los ecosistemas, clasificar los diferentes tipos de ecosistemas, y seguir los cambios en el estado de un ecosistema;

· debe identificar los criterios para la determinación de teorías y modelos de ecosistemas, y aplicar estos criterios en la investigación de los ecosistemas;

· debe proporcionar una explicación plausible de las causas de la estructura del ecosistema y la organización ;

· debe ser eficaz para ayudar a resolver los urgentes problemas ambientales.

La ecología de ecosistemas falla en los cuatro cargos.

 

Ver demandas en SCJPBA, siempre por estos mismos temas. http://www.hidroensc.com.ar

Las causas que devienen en los más graves crímenes hidrogeológicos de la provincia son: 69518, 69519, 69529, 70751, 71368, 71516, 71520, 71521, 71542, 71615, 71617, 71618, 71619, 71743, 71808, 71857, 71908, 72048, 72049, 72404, 72406. 71512, 71592, 23 causas

Las causas que devienen en descalabros hidrogeológicos irreparables son 24

Las causas que devienen en destrucción de baterías convectivas son 24

Las que violan el art 101 son 24

Las que violan el art 59 son 24

Las que violan la ley 6253 son 3

Las que violan la ley 6254 son 20

Las causas comprometidas con el soporte hidrológico en la aplicación de los art 2340, 2577 y 2572 del CC para fundar dominios públicos, son 24.

 

Antes de asumir Mara Anselmi al frente del COMIREC estaba el inefable José Molina, de cara menos angélica, que por ello ha sido sustituído por otro más lindo. Sobre este puntero municipal que nunca en su Vida estudió nada de nada de ecosistemas y ambientes, el diario Medio&Medio decía:

Nadie sabe de que ríe Molina. Si no fuera por la ineptitud e insensibilidad del actual  Director Ejecutivo del COMIREC José Molina que además ostenta el mismo cargo en el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, la cuenca debiera al menos declararse en emergencia ambiental. 

Ver su Código de licuado de faltas ambientales, proyecto A9 en legislatura, por http://www.hidroensc.com.ar/codigo1.html y /codigo2.html

Molina que acaba de efectuar a menos de un año de gestión una purga de funcionarios propios, no logra poner pié en ningún tema. Pero la situación de la cuenca del Reconquista es el abandono total donde se expone a una población de más de 4 millones de personas. Sin control, con escasos servicios básicos, un total de 18 partidos de la provincia de Buenos Aires se encuentran en estado crítico. La presencia de Cromo, Cadmio y Fenoles y metales pesados son parte del combo del abandono. Para la Asociación para la Conservación y el Estudio de la Naturaleza, se trata de controlar la contaminación y los vuelcos directos. La reciente reunión del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) dejó más preguntas que respuestas. La reunión fue convocada por Juan Schröder, director provincial de Gestión Integral del Recurso Hídrico –COMIREC- fue presidida por Mara Anselmi, directora general EJECUTIVA del mencionado organismo y contó con la presencia del Sr. Olmedo, director de cuenca media del Río Reconquista.

El COMIREC es producto de la  Ley 12.653 que fue sancionada el 28 de Febrero de 2001 y promulgada por Decreto Nº 811 de Marzo de 2001. Nada se ha realizado desde esas fechas por lo que la cuenca sigue empeorando la situación.

Asimismo, el Ministerio de Infraestructura de la Provincia a través de dicha ley reconoce la oportunidad de instrumentar un conjunto articulado de respuestas integrales a problemas complejos a través de la implementación del “Programa Integral de Desarrollo Urbano y Saneamiento Ambiental de las Márgenes del Río Reconquista”. La infraestructura y los servicios públicos ocupan un sitio estratégico en el marco de una política urbana de saneamiento ambiental y desarrollo urbano, lo que otorga al organismo provincial que regula en dicha materi a un rol articulador.

El Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable (OPDS) es quien hasta ahora presidió el directorio del COMIREC. El OPDS es la autoridad regulatoria y gestora de la materia medioambiental en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Planifica, formula, proyecta, fiscaliza y ejecuta la política ambiental, y en particular debe elaborar y ejecutar programas sobre todas las cuencas del territorio de la provincia de Buenos Aires.

El OPDS es la máxima expresion de la desvergüenza en todos los aspectos: una simple cabina de peaje, siempre presidida por un perfecto inepto. Ver demandas en SCJPBA a esta OPDS por http://www.hidroensc.com.ar

Si bien el objeto central de la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE) reside en la disposición final de residuos domiciliarios recolectados en 22 distritos municipales del Conurbano Bonaerense y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante relleno sanitario, este organismo tiene competencia en tanto administra una porción considerable de los bienes del dominio público sobre los cuales se asienta la Cuenca del río Reconquista. En relación a ello, entre sus funciones se destacan las siguientes: recuperación de terrenos inundables, desarrollo de espacios verdes y de esparcimiento y saneamiento de las cuencas hídricas que surcan el área metropolitana.

Lo que llaman recuperación de terrenos inundables más cabría señalarlos como liquidación de baterías convectivas que asisten los flujos de las sangrías mayores y violaciones descaradas al art 101 del decreto 1549/83, reglamentario de la ley 8912.

La Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires (APA) es un ente de asesoramiento e implementación de políticas públicas en cuanto a la administración, regulación de los recursos hídricos provinciales y asistencia técnica al poder ejecutivo provincial. Primordialmente su función es proteger y promoverlos derechos fundamentales de acceso, aprovechamiento y disfrute del agua, y en particular está facultada para otorgar concesiones o permisos de uso del dominio público hídrico, a demarcar la línea de ribera y velar por el cumplimiento de obligaciones derivadas del uso del recurso.

La AdA es la más desestructurada área institucional de toda la Provincia. En los últimos 15 años todas sus Resoluciones Hidráulicas salieron emitidas con carácter "precario y revocable". Récords de irresponsabilidad y caradurismo.

Dentro del Ministerio de Infraestructura de la Provincia se encuentran la Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda y la Dirección Provincial de Saneamiento y Obra Hidráulica, ambos organismos con rol protagónico en las intervenciones de la Cuenca. El primero de ellos está facultado para el diseño e implementación de políticas públicas en relación al desarrollo territorial y el ordenamiento urbano, la política habitacional de la provincia, y en consecuencia el abordaje de la problemática del desarrollo territorial, el urbanismo y la vivienda. En materia de urbanismo y vivienda debe procurar el desarrollo de vías de transporte e interconexión terrestre, integrando el curso hídrico a su entorno urbano para un mejoramiento y aprovechamiento del hábitat en crisis.

Tan manoseada estaba esta Subsecretaría de Urbanismo que salió del MINFRA y ahora depende de la ministro de Gobierno Alvarez Rodríguez. Ya antes habían puesto al Jefe de gabinete Pérez a presidir una Comisión Interministerial de Ordenamiento Urbano y Territorial; un CIOUyT que rifaba ordenamientos territoriales para los amigos del jefe, el inútil de CK

Por otro lado, la Dirección Provincial de Saneamiento y Obra Hidráulica toma participación por dos motivos fundamentales. En primer lugar, dentro se encuentra la Dirección Unidad de Coordinación del Proyecto Río Reconquista. En segundo lugar y no menos importante, es autoridad administrativa con plena competencia para intervenir en proyectos, obras hidráulicas, de saneamiento ambiental y control deinundaciones de la Provincia; realizar, evaluar e inspeccionar los proyectos de terceros, o bien ejecutarlos. En este sentido, la Dirección interviene activamente en la confección de pliegos de bases y condiciones y demás documentación licitatorios

La DIPSyOH es la que carga desde hace más de 40 años los mayores desastres en obras inútiles y/o aberrantes, de toda la provincia.

Acostumbrados a vivir en una torre de marfil, amén de ignorar las energías presentes en las dinámicas horizontales en los cuerpos de agua en planicies extremas, ignoran todas las leyes, incluyendo el Código Civil.

Veamos lo que dice esta Evalución preparada por los ingenieros que nos regala el BID, especialistas en jugar al Bingo con sus plantillas de matrices y nulos en hidrologías; nulos en enlaces y gradientes ecosistémicos críticos. Sin cuyas percepciones la propuesta medioambiental es siempre insustentable.

Desde el punto de vista hidrológico la cuenca se divide en tres tramos: Cuenca Alta, desde la naciente hasta la presa Roggero, Cuenca Media desde la mencionada presa hasta la desembocadura del Arroyo Morón y Cuenca Baja desde esa confluencia hasta la desembocadura en el Río Luján.

A modo de breve diagnóstico de la situación ambiental de la cuenca, puede decirse que el deterioro de la calidad de las aguas del curso principal y de la mayor parte de los tributarios en la parte media y baja de la Cuenca, se debe a que la carga contaminante que se vierte a la cuenca, supera la capacidad receptiva y de auto depuración de los cursos de agua que reciben descargas orgánicas, e inorgánicas tales como metales pesados y otras sustancias contaminantes como organoclorados

Los recursos hídricos subterráneos relacionados con la Cuenca también se encuentran afectados por esta problemática. En las zonas sin servicio de cloacas, la contaminación está relacionada con el agua de los pozos negros domiciliarios, que alcanzan la napa freática, y los impactos sobre los acuíferos también se debe a la disposición incontrolada de residuos industriales

El río Reconquista es un típico río de llanura, su pendiente es baja y el fondo del cauce es plano, lo que es incidente en la probabilidad de anegamientos de su planicie aluvial.

"Su pendiente es baja y el fondo es plano" En este pleonasmo de riqueza se luce el compendio de sabiduría hidrológica de estos "especialistas". Y siguen:

Las causas de las inundaciones en la cuenca reconocen dos orígenes: antrópico y natural.

Las causas antrópicas están originadas por las modificaciones que introduce el hombre en la morfología de la cuenca, alterando el escurrimiento natural con los terraplenes de los caminos, de los ferrocarriles, eliminando áreas de retención, impermeabilizando el suelo con pavimentos, imponiendo restricciones al flujo con los apoyos de los puentes que cruzan su cauce.

Respecto a las causas naturales, en la parte baja de la cuenca el régimen hidrológico se encuentra influenciado por la pluviosidad en la parte alta y media de la cuenca, por las fluctuaciones y crecidas del río Paraná, por las mareas del Río de la Plata y por las sudestadas.

¿Cuánto les paga el BID a estos "especialistas" por decir estas...?!

 

Ilustres ingenieros del BID: nuestros cuerpos legales dicen que respecto a los Procesos Ambientales: 1º: hay que tomar en cuenta la ley "especial" que permita orientar la enunciación de los Estudios de Impacto Ambiental (art 12º, ley 25675), para que éstos no sean cantos de sirena como los Vuestros.

2º: que contando con esa ley particular y guiados por Ella en el reconocimiento de los Indicadores de Enlaces y Gradientes Ecosistémicos Críticos que Uds jamás consideraron en los jueguitos de vuestras matrices ambientales, se generen los Estudios de Impacto Ambiental y con ellos se convoque a Audiencia pública siguiendo los pasos que marca la ley 13569 y olvidando los que indica el ministro de turno o Mara Anselmi.

3º que una vez recogidas las observaciones de los presentes en la Audiencia pública, se cumpla con el art 9º de esta ley 13569.

4ª que recién entonces vayan a Evaluación de los Impactos Ambientales por parte de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental del OPDS.

5º que finalmente se libre la Declaratoria de Impacto Ambiental que permita comenzar obranzas y aplicar el grueso de los créditos

 

El Informe final de este EIASG pertenece a Horacio Levit y dice así:

Deberán evaluarse los eventuales impactos sobre la seguridad de la población que habite en los alrededores de los caminos, y sobre la producción en el área de influencia del proyecto.

Se deberá prestar especial atención a la identificación de población en áreas cercanas a las obras que puedan requerir su reasentamiento en forma transitoria o permanente, y a impactos tales como el aumento de riesgo sobre los trabajadores y población residente en el área, molestias ocasionadas por ruidos y vibraciones y aumento de tráfico de maquinaria pesada.

Genial cierre de un proyecto de saneamiento ambiental que no dedica una línea a ecología de ecosistema alguno y aún así se presume sustentable.

 

Evaluación de los Impactos en los anteproyectos realizados por la firma Consultora Halcrow

La firma Halcrow ha desarrollado anteproyectos de obras de Agua y Saneamiento, Hidráulicas y Viales; según la identificación y priorización hecha por la Provincia de Buenos Aires (explicitada en el punto 3.2). Las obras son:

Actualmente existen obras construidas y en ejecución de control de inundaciones por el río Reconquista y de drenaje interno de sub-cuencas aledañas, cuyas principales descargas son los arroyos, canales y zanjones que llegan al río Reconquista.

En ese contexto se analizaron las obras complementarias que completarían el control de crecidas, concluyendo en la necesidad de proyectar una obra de control y eventual bombeo, en la descarga del Zanjón Madero hacia el río Reconquista. Para lo cual se ha diseñado una obra combinada de descarga por gravedad y por eventual bombeo, con pautas coincidentes con las utilizadas por la DIPSOH, UNIREDC y COMIREC, para las obras existentes.

"...por gravedad y por eventual bombeo". La británica Halcrow todavía no aprecia confesar que sus catecismos newtonianos no funcionan con pendientes de 4 mm x Km y que por ello, sus trabajos de consultoría hidráulica en planicies extremas son versos no menos extremos en inutilidad.

Y que aunque el gobierno provincial nunca les haya pedido explicaciones de por qué están muertas las dinámicas horizontales de las aguas del Reconquista, ya es hora de que pongan el orden de los factores ecosistémicos en su lugar y luego propongan versos sobre temas medioambientales. Primero Natura, después sus criaturas. Inútil pretender cambiar el orden.

 

Presentación del PLAN DIRECTOR DE REASENTAMIENTO - PDR

La cuenca del rio Reconquista en la región metropolitana de Buenos Aires (RMBA) viene sufriendo un proceso acelerado de deterioro ambiental a consecuencia del desarrollo urbano e industrial desordenado que se observa en gran parte de los municipios que la componen

Proceso similar a toda la conurbación de la RMBA, crecimiento sin planificación, además de saber que no todos los municipios tienen zonificación actualizada ni aprobada en la norma municipal.

El rio Reconquista y sus tributarios son afectados por innumerables fuentes de polución originadas básicamente de vertidos industriales, desagües cloacales y residuos sólidos que son tirados a los cuerpos de agua sin control y en cantidades extremamente superiores a las condiciones naturales de depuración de los ríos

En la primera mitad de la presente década se finalizaron las obras hidráulicas correspondientes al Proyecto UNIREC, cuyo objeto era el saneamiento, canalización y contención de las inundaciones que fue iniciado originalmente a mediados de los años noventa con financiamiento del BID.

Este Proyecto tuvo un impacto positivo en la prevención de las inundaciones y el saneamiento parcial del curso del río. A partir de la finalización del mismo, se produjeron un conjunto de efectos no deseados, en particular la ocupación de forma irregular de suelos vacantes generados por el Proyecto, producto de la falta de obras de urbanización adecuadas para las márgenes del río.

Estas obranzas refieren del Aliviador del Reconquista donde se tiraron unos tres mil millones en 50 años a la basura, pero no fueron suficientes para confesar la inutilidad y la liquidación que hicieron de todos los sistemas convectivos aledaños; que por ello, éste y todos los demás tributarios urbanos del Oeste se muestran, incluso a los ciegos, soberanamente MUERTOS.

Y tan necios son de las leyes naturales y las legisladas por el hombre, que se dan el lujo de ignorar los retiros obligados que caben a todas las riberas, incluyendo la no modificación de sus perfiles naturales (ley 6253, dec regl 11368/61 y art 59, ley 8912) . Conclusión: le pagamos al BID para que nos preste dinero para violar nuestras propias leyes. Y el BID contento, nos manda sus asesores gratuitos para redactar los versos que luego Mara Anselmi los coteja por audiencia virtual y tweets.

Una maravilla de procedimientos por la que pediremos un premio para el BID por prestarse al management de estos calienta asientos de las pampas chatas. Reconozco que a mis 71 años comparto la misma situación, pero nadie me paga por ello y mucho menos, pido ayuda al BID.

Cada subcuenca presenta características particulares en relación a la ocupación y uso del suelo y al desarrollo socioeconómico. En la cuenca alta se verifica la preeminencia de actividades agropecuarias y baja concentración poblacional, enlas cuencas media y baja predominan las actividades industriales y comerciales, características de los primeros cinturones metropolitanos y una densidad poblacional elevada. Considerando el censo del año 2001 la población de la cuenca superaba los 2,5 millones de habitantes. Los distritos involucrados poseen una población aproximada de 4 millones de habitantes de los cuales más del 16% presentaban Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) en el mismo censo del año 2001. Según datos del Censo 2010, la población asciende a 4.7 millones.

 

del editor del Tigre Verde acercamos esta expresión:

Estas mentiras impiadosas, revelan hasta que punto nuestros gobernantes, son capaces de tergiversar la realidad y manipular a la opinión pública, a fin de plantear como un éxito de su gestión, un hecho que constituye sin lugar a dudas, un verdadero desastre en lo que hace a la eficiencia y conducción operativa de un proyecto de esta magnitud. Ricardo A. Barbieri

 

de Vivian Urfeig
vurfeig@clarin.com

Las aguas bajan turbias por el río Reconquista y desparraman contaminación por buena parte de su cuenca, unos 50 kilómetros que atraviesan 18 partidos del Gran Buenos Aires. Peligrosas islas flotantes de basura —latas, pañales descartables, botellas, neumáticos— pasean por Tigre y San Fernando, las zonas más afectadas del recorrido.

El 24 de febrero, cansados de ver pasar "ratas y perros muertos por la puerta de casa", los vecinos organizaron una caravana náutica reclamando el saneamiento del río, el segundo más contaminado después del Riachuelo. Acordaron una asamblea (el 19 de marzo) para discutir este conflicto con más de 20 años de demoras, partidas presupuestarias congeladas y obras inconclusas.

Entre el abanico de soluciones que encaran los gobiernos (Provincia y Nación) figuran tres plantas de tratamiento de afluentes domiciliarios (la cuarta ya se está construyendo en Hurlingham), control de volcamiento de afluentes industriales, obras en dos puentes y la restitución del cauce original del Reconquista. A unos cuatro millones de vecinos les cambiaría la vida.

"El problema grave es que a la orilla del río vive muchísima gente que no cuenta con recolección de residuos, entonces usan al Reconquista como un gran tacho de basura", dice un vecino de la zona. "El olor es insoportable y se agudiza en los días de lluvia. Baja un aluvión de desperdicios que contamina el agua que usamos para lavar platos o bañarnos, porque acá no llega el agua potable", aporta Martín Nunziata, al frente de la ONG AproDelta. La ONG verificó contaminación hasta 10 kilómetros arriba de los ríos de la Primera Sección: Luján, Tigre, Carapachay y Sarmiento.

Con más de 12 mil industrias, el control de volcamiento de desechos es polémico. Según la secretaria de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, Silvia Suárez Arocena, el responsable del basural es el Canal Aliviador (Pista Nacional de Remo). El canal fue concebido para cumplir dos funciones: desviar el cauce natural del Reconquista para que por allí pase toda la contaminación y aliviar eventuales aumentos de volumen por lluvias. "Pero no funcionó: ahora afecta el recurso hídrico", asume la funcionaria y anuncia fuertes controles para fiscalizar los vuelcos.

En San Fernando, las sudestadas y crecientes hacen estragos en los barrios Presidente Perón, San Martín y San Jorge, los más comprometidos. "Hay problemas graves de salud, inundaciones y pésima calidad de vida", dice Alberto Esteban, secretario de Planificación de la Municipalidad.

El director provincial de la Dirección de Saneamiento y Obras Hidráulicas, Daniel Coroli, reconoce que la devaluación de 2001 fue el primer obstáculo para terminar de ejecutar los créditos del BID y un banco japonés por 250 millones de dólares (ver El crédito...). Esa financiación estaba destinada a la construcción de cuatro plantas de tratamiento cloacales. "Ahora Nación retomó el proyecto: a la planta de Hurlingham le sigue la de San Miguel", anuncia y agrega que faltan tres obras. Una es la refundación del puente de la Panamericana, a la altura del Reconquista, "cuyo contrato se firma en las próximas semanas, con un presupuesto de $ 8 millones". Le sigue la readecuación del canal DPH, entre la Panamericana y la ruta 197. "Con un monto de 18 millones de pesos se limpiará toda la zona. La tercera obra se ubica en el puente Taurita. "Las licitaciones salen el mes que viene", promete.

Es que la basura no distingue clases sociales. En el barrio privado Lagunas del Sol vive Andrés Cusi, que representa a la Fundación ProTigre. "El problema es cultural y de educación. A la altura de Moreno hasta se volvió a ver peces vivos. Pero aguas abajo es un desastre, la gente tira colchones, heladeras, chapas...".

Clarín recorrió la zona y comprobó que no se exagera. En la Pista Nacional de Remo, los deportistas navegan entre el raterío, materia fecal y todo tipo de basura podrida. Justo enfrente vive Paula Alberti, en una casa con nogales y frutales. "En la última sudestada tuve que quemar los residuos que se acumularon en la empalizada. Esto me cambió la vida, abro la canilla y sale el agua negra. Tigre se va a convertir en un pueblo fantasma", advierte.

Entre tantas diferencias, hay algo en común: la formación de un Comité de Cuenca integrado por los 18 municipios que atraviesa el Reconquista. El subsecretario de Desarrollo Comunitario de Islas de la Municipalidad de Tigre, Ricardo Romero, quiere que se concrete. "Estamos en el último tramo de la cuenca, recibimos lo peor". Mientras las partes acercan posiciones, el río sigue su curso. Y la basura, la corriente.


de Guillermo Allerand
gallerand@clarin.com
Agua podrida. Cualquiera que conozca el Delta sabe que desde hace mucho algo huele mal allí, y no es precisamente la maravillosa postal de su paisaje ni el carácter casi excepcional de su geografía. A la corriente típicamente arcillosa que baja del Paraná se viene sumando la basura que no sólo trae el Reconquista sino que también vuelcan las embarcaciones. Basura empujada por la falta de cloacas y de recursos de infraestructura y educación para que todos aprendan a cuidar un paraíso en peligro de extinción. Curiosa paradoja: hablamos del mismo Delta que es un boom turístico en el Tigre y San Fernando. Aquello que se abre al futuro es a la vez un tesoro y el horizonte de su propia decadencia.

 

Del Colegio Argentino de Ingenieros CAI (corresponsables de estas miserias)

Río Reconquista: más demoras en una obra que ya lleva más de 20 años

Sus 50 kilómetros son una fotografía del país. Alguna vez formaron parte de uno de los ecosistemas más ricos de la provincia de Buenos Aires, pero en menos de medio siglo se convirtieron en una de sus cuencas más contaminadas. En el medio, una decena de proyectos oficiales prometieron limpiarlo. Hoy, el río Reconquista continúa buscando su destino: problemas con licitaciones y falta de partidas presupuestarias siguen demorando un conjunto de obras anunciadas en 2004 para sanearlo.

Se trata del ensanchamiento de cinco kilómetros de su cauce inferior, obras en dos puentes y cuatro plantas de efluentes. El paquete fue anunciado en octubre de 2004 por la Nación y la Provincia y debía haber empezado a principios del año 2005. No es el primer atraso que sufren. La mayoría de las obras viene dando vueltas desde hace dos décadas.

El primer tramo del ensanchamiento de su cauce, por ejemplo, fue licitado por el gobierno bonaerense en 1985. Querían empezar por su parte más contaminada: cinco kilómetros, a la altura de San Fernando y Tigre. El propósito era corregir la poca pendiente del río, que hace que el agua se estanque y provoque inundaciones. Los plazos de obra nunca se cumplieron y la Provincia rescindió el contrato.

Lo curioso es que los 45 kilómetros restantes tuvieron más suerte y entraron en otra licitación que se financió con un crédito del BID otorgado en 1999 y fueron rectificados.

Los cinco kilómetros volvieron a quedar pendientes a fines de 2004, cuando el Gobierno provincial llamó a una licitación que quedó desierta. Ofrecían 6 millones de pesos, una cifra por la que ninguna empresa quiso cotizar.

En la zona viven unas 100.000 personas y es una de las que más creció en los últimos años.

Concentra la mayor parte de los barrios privados y countries de San Fernando y Tigre. La contaminación del Reconquista, sin embargo, afecta a muchas más personas.

El río atraviesa 18 partidos del GBA y su cuenca tiene 3.700.000 habitantes, en más de 1600 Km. cuadrados.

En la cuenca del Reconquista el 40% de la población carece de agua potable de red y el 63% no está conectado a la red cloacal.

El acceso a agua corriente y cloacas es muy dispar; en Malvinas Argentinas el 91% de la población carece de agua potable, en cambio en Vicente López todos los habitantes la poseen.

Algo similar ocurre en Ituzaingo donde el 90% de la población no tiene agua corriente, pero en Morón desciende al 22%.

La única planta depuradora de líquidos cloacales en completo funcionamiento es la del Norte pero cubre sólo el 7% del total de los habitantes, tratando las aguas servidas de Tigre, San Fernando y San Isidro y las devuelve al Reconquista, pero sólo para 270.000 habitantes contra el total de unos 750.000.

Adicionalmente la construcción de las nuevas 4 plantas de tratamiento y toda la infraestructura proyectada sólo cubrirá unas 550.000 personas que junto a la planta existente permitirá atender los efluentes cloacales de cerca del 30% de la población.

El 70% restante seguirá contaminando el agua subterránea, las zanjas a cielo abierto y los cursos de agua superficiales; son importantes los vertidos clandestinos a estas últimas de las empresas de tanques atmosféricos.

La planta de tratamiento de San Miguel fue construida por la provincia en 1983 y concesionada en 1999, luego de lo cual no volvió a funcionar extendiéndose las obras hasta el 2005.

La carga de bacterias coliformes (indicadora de contaminación con efluentes cloacales) es excepcionalmente elevada, en particular luego de la confluencia con el arroyo Morón, donde alcanzó valores 16.000 veces superiores al máximo tolerable.

La carga bacteriana del arroyo Morón es superior en uno o dos ordenes de magnitud a la encontrada en Cascallares, y, en promedio, es similar a los valores registrados en San Martín y en Bancalari. Esto reafirmaría la idea de que este arroyo aporta una importante carga bacteriana al río Reconquista, si bien los altísimos valores registrados en la cuenca baja no pueden explicarse sólo por la contaminación bacteriana del arroyo Morón, evidenciando que existen aportes adicionales de vertidos cloacales.

Existen en el área del AMBA (Área Metropolitana de Buenos Aires) 108 basurales clandestinos con un volumen estimado de 438,33 toneladas a cielo abierto. En 10 municipios relevados que integran la cuenca del río Reconquista existen al menos 25 basurales clandestinos con un volumen estimado de 79 toneladas de basura dispuesta a cielo abierto.

Actualmente, existen unas 20 áreas protegidas en el Delta del Paraná, con distintas s uperficies, categorías de manejo y entes administradores, pero no debidamente implementadas.

Se detectaron pesticidas organoclorados a lo largo de todo el curso, en niveles entre 40 y 400 veces superiores a los máximos establecidos por la legislación Argentina para la protección de la vida acuática. El uso de los mismos se encuentra prohibido en nuestro país desde 1970 por su efecto nocivo en la salud de las personas y los ecosistemas.

Las concentraciones de metales pesados hallados en el agua, son entre 2 y 160 veces mayores que los valores guía (dependiendo del metal medido y del lugar de muestreo), lo que pone en evidencia la irresponsable contaminación por vuelcos industriales. Los casos extremos corresponden al cromo (en Bancalari) y al cobre (en Cascallares) que, en determinados momentos del año, excedieron los límites establecidos en 150 y 162 veces respectivamente

Los niveles de Oxigeno disuelto disminuyen en un promedio de 20 veces desde la naciente a la desembocadura llegando a la anoxia permanente en Bancalari, en el limite de los partidos entre Tigre y San Isidro.

La demanda bioquímica de oxigeno (DBO) posee valores superiores contra la protección de la vida acuática y el uso humano seguro. Los cloruros, fosfatos, fenoles y compuestos de nitrógeno inorgánico (nitratos, nitritos y amonio) se relacionan con el aporte de las aguas servidas domiciliarias y, en menor medida, con descargas industriales sin tratar. Si bien todos los valores son elevados el caso más notable es de los fenoles con valores muy superiores a los niveles de seguridad con gran incremento en San Martín y Bancalari, ubicados en los partidos de Gral. San Martín, Tigre y San Isidro, respectivamente

La fragmentación de las responsabilidades entre las instituciones involucradas, la falta de comunicación entre ellas, provoca desequilibrio, irracionalidad, despilfarro económico y de energías, conflictos, ineficiencia en los organismos de control, morosidad burocrática, etc., lo que pone de manifiesto que no exista una coherencia conceptual sobre qué es y cómo debe tratarse la cuestión ambiental.

 

Integridad Institucional

La integridad es esencial para el fiel cumplimiento de la misión del Grupo del BID, consistente en la promoción del desarrollo en América Latina y el Caribe. La corrupción debilita las instituciones democráticas y desalienta las inversiones y la creación de empleo. En definitiva, castiga más duramente a los pobres y a quienes carecen de recursos legales apropiados.

La Oficina de Integridad Institucional cumple una función clave en la lucha del Grupo del BID contra la corrupción. Investiga posibles prácticas prohibidas, incluyendo fraude y corrupción, en las actividades financiadas por el Banco, lleva a cabo acciones preventivas a fin de mejorar las políticas y mecanismos de integridad del Grupo del BID y divulga aspectos relacionados con la integridad.

Todos los participantes en actividades financiadas por el Grupo del BID deben ceñirse a las normas de integridad más estrictas. El personal del Banco tiene la obligación de comunicar cualquier posible violación de las disposiciones del Grupo del BID contra la corrupción.

 

Nuestra denuncia al BID

La propuesta de gestionar el Proceso Ambiental que marcan las leyes 25675 y 11723 no están supeditadas a los delirios de Mara Anselmi, o del maquillador de turno que aconseja cómo eludir los debidos Procesos Ambientales.

Por ello, imaginando que las líneas que abren este html son de la muy afable Mara, sugiriendo identificar los Impactos potenciales en la ejecución de la operación, y orientar para la preparación de los Estudios de Impacto Ambiental específicos de las Obras, circulando para su Revisión, y posterior corrección, incorporando al documento como anexos.

Y sigue: El viernes 14 estará publicado en la WEB del Ministerio de Infraestructura y del COMIREC el Documento que preparó El Banco Interamericano De Desarrollo; la Evaluación Ambiental y Social (EAS) Marco, versión preliminar.

El día 15 de Junio comenzaremos así: el proceso interactivo de Audiencia Pública Virtual, que se reforzará con publicaciones en las Redes Sociales, radios zonales, y canales locales, para una mayor difusión.

Ese mismo día, se invitará a los distintos Consejos Consultivos de Cuenca Alta, Media y Baja, a realizar 3 talleres en simultáneo, para el día 25 de Junio; de esta experiencia podrán surgir otras observaciones, las que serán también incorporadas al EAS; Documento éste que  se presentará al Directorio del BID, antes de fines del mes de julio. 

Todo ésto luce maravilloso, pero... se come crudas unas cuantas leyes.

Empecemos por el art 12º de la ley 25675:

Las personas físicas o jurídicas darán inicio al procedimiento con la presentación de una declaración jurada, en la que se manifieste si las obras o actividades afectarán el ambiente. Las autoridades competentes determinarán la presentación de un estudio de impacto ambiental, cuyos requerimientos estarán detallados en ley particular y, en consecuencia, deberán realizar una evaluación de impacto ambiental y emitir una declaración de impacto ambiental en la que se manifieste la aprobación o rechazo de los estudios presentados.

Nunca he visto una de esas declaraciones juradas. Nunca he visto Estudios de Impacto Ambiental que hubieran estado respondiendo a requerimientos detallados en ley particular que acercando Indicadores de Enlaces y Gradientes Ecosistémicos Críticos evitara los cantos de sirena en las ilusiones de mejorar los Indicadores Ambientales; para luego, en función de estas correspondencias, avanzar en la convocatoria a audiencia pública, a evaluación de impacto y a declaración de impacto.

Jamás he visto que la citación a audiencia pública respetara lo exigido en el art 3º de la ley 13569. Ni que hubiera sido citada respetando los términos del art 6º. Ni mucho menos que las devoluciones que solicita el art 9º hubieran sido considerados en las evaluaciones y declaraciones.

Tampoco, jamás he visto, que para asegurar la protección ambiental se previera, ésto es: se antepusiera mirada a las condiciones necesarias para garantizar la dinámica de los sistemas ecológicos, mantener su capacidad de carga,

para recién luego y, en general, asegurar la preservación ambiental y el desarrollo sustentable.

Siempre vi que lo general no sólo se anteponía a lo particular, sino que sencillamente lo ignoraba.

Así hoy tenemos que todo el discurso es ambiental –con el hombre bien atornillado en su centro-; y el debido orden de los factores, trastocado por ello; al ignorar por completo que no hay mirada a remediación alguna si antes no se entiende cómo funcionan los enlaces que dan movimiento perpetuo, Vida permanente, a los ecosistemas.

Así por caso, en esta cuenca del Reconquista se proponen limpiar objetos flotantes y orillas, pero no se dice una sola palabra de por qué están muertas las dinámicas horizontales de sus aguas.

Nadie parece recordar que en el glosario que regala el anexo I de la ley 11723 se señala que para CONSERVAR debemos hacer uso de conocimientos ecológicos.

Y mucho menos advertir que un ECOSISTEMA es un sistema relativamente estable en el tiempo y termodinámicamente abierto en cuanto a la entrada y salida de sustancias y energía, que reconoce una entrada primordial: la energía solar. Jamás se le dió importancia a la energía convectiva; todo apuesta a la gravitacional. La ciencia hidráulica sólo cuenta con ella para todas sus fabulaciones.

Algo anda mal en ciencia y esto no se resuelve con el silencio de los que miran embobados a los modeladores matemáticos convencidos de las virtudes de sus modelos de caja negra. Todos los estudios que refieren de las dinámicas horizontales de las aguas vienen fabulados de extrapolaciones de energías gravitacionales, siendo que la cuenca inferior del Reconquista reconoce tan sólo 4 mm de pendiente por Kilómetro.

Los más prestigiosos investigadores mienten a cara descubierta y nadie dice nada. El justificativo para mentir es que no tienen forma de modelizar flujos convectivos. Esta mentira ya reconoce antecedentes de 300 años en Isaac Newton. Que a edad madura ya reconocía estas energías, pero se abstuvo de darles la importancia debida para no poner en riesgo su prestigio y la herramienta física matemática que lo había catapultado al estrellato.

En 300 años cabría imaginar que algo deberían haber investigado sobre el tema. Pues para ser sinceros, NADA HAN HECHO. Y hasta aparece una Fundación Metropolitana subida al trencito del macaneo hablando de "transparencia hidráulica". Justamente donde la hidráulica no existe, ellos hablan de transparencia. Inesperada paradoja, que desde los mil accesos que tenemos para confirmar altimetrías, ya deberían haber acuatizado.

En adición, nadie parece reconocer utilidad al item c del punto 2 del art 4º de la ley 10907: c) Protección del suelo en zonas susceptibles de degradación y regulación del régimen hídrico en áreas críticas de cuencas hidrológicas.

Por estos motivos adelanto mi impugnación a todas estas gestiones espantosamente mal encaminadas, aunque todas las instituciones que asisten estas propuestas anuncien acuerdos para seguir adelante con ellas.

Breve repaso de los cuerpos legales mencionados

Ley 25675 . Gral del Ambiente

Art 4º. Principio de solidaridad: La Nación y los Estados provinciales serán responsables de la prevención y mitigación de los efectos ambientales transfronterizos adversos de su propio accionar, así como de la minimización de los riesgos ambientales sobre los sistemas ecológicos compartidos.

ART. 6º . Se entiende por presupuesto mínimo, establecido en el artículo 41 de la Constitución Nacional, a toda norma que concede una tutela ambiental uniforme o común para todo el territorio nacional, y tiene por objeto imponer condiciones necesarias para asegurar la protección ambiental. En su contenido, debe prever las condiciones necesarias para garantizar la dinámica de los sistemas ecológicos, mantener su capacidad de carga y, en general, asegurar la preservación ambiental y el desarrollo sustentable.

ART. 7º . La aplicación de esta ley corresponde a los tribunales ordinarios según corresponda por el territorio, la materia, o las personas. En los casos que el acto, omisión o situación generada provoque efectivamente degradación o contaminación en recursos ambientales interjurisdiccionales, la competencia será federal.

ART. 12º . Las personas físicas o jurídicas darán inicio al procedimiento con la presentación de una declaración jurada, en la que se manifieste si las obras o actividades afectarán el ambiente. Las autoridades competentes determinarán la presentación de un estudio de impacto ambiental, cuyos requerimientos estarán detallados en ley particular y, en consecuencia, deberán realizar una evaluación de impacto ambiental y emitir una declaración de impacto ambiental en la que se manifieste la aprobación o rechazo de los estudios presentados.

ART. 20º . Las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente. La opinión u objeción de los participantes no será vinculante para las autoridades convocantes; en caso de que éstas presenten opinión contraria a los resultados alcanzados en la audiencia o consulta pública deberán fundamentarla y hacerla pública.

Daño ambiental

ART. 27º . El presente capítulo establece las normas que regirán los hechos o actos jurídicos, lícitos o ilícitos que, por acción u omisión, causen daño ambiental de incidencia colectiva. Se define el daño ambiental como toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos.

ART. 29 . La exención de responsabilidad sólo se producirá acreditando que, a pesar de haberse adoptado todas las medidas destinadas a evitarlo y sin mediar culpa concurrente del responsable, los daños se produjeron por culpa exclusiva de la víctima o de un tercero por quien no debe responder. La responsabilidad civil o penal, por daño ambiental, es independiente de la administrativa. Se presume iuris tantum la responsabilidad del autor del daño ambiental, si existen infracciones a las normas ambientales administrativas.

 

Del glosario en el anexo I de la ley 11723

CONSERVAR: Empleo de los conocimientos ecológicos en el uso racional de los recursos naturales, permitiendo así el beneficio del mayor número de personas, tanto en el presente como en las generaciones futuras.

ECOSISTEMA: Sistema relativamente estable en el tiempo y termodinámicamente abierto en cuanto a la entrada y salida de sustancias y energía. Este sistema tiene una entrada (energía solar, elementos minerales de las rocas, atmósfera y aguas subterráneas) y una salida de energía y sustancias biogénicas hacia la atmósfera (calor, oxígeno, ácido carbónico y otros gases), la litósfera (compuesta por humos, minerales, rocas sedimentarias) y la hidrósfera (sustancias disueltas en las aguas superficiales, ríos y otros cuerpos de aguas).

 

Ley 25688 sobre Régimen ambiental de aguas

ART. 2° . A los efectos de la presente ley se entenderá:

Por agua, aquélla que forma parte del conjunto de los cursos y cuerpos de aguas naturales o artificiales, superficiales y subterráneas, así como a las contenidas en los acuíferos, ríos subterráneos y las atmosféricas.

Por cuenca hídrica superficial, a la región geográfica delimitada por las divisorias de aguas que discurren hacia el mar a través de una red de cauces secundarios que convergen en un cauce principal único y las endorreicas.

ART. 3° . Las cuencas hídricas como unidad ambiental de gestión del recurso se consideran indivisibles.

ART. 5° . Se entiende por utilización de las aguas a los efectos de esta ley:

a) La toma y desviación de aguas superficiales;

b) El estancamiento, modificación en el flujo o la profundización de las aguas superficiales;

c) La toma de sustancias sólidas o en disolución de aguas superficiales, siempre que tal acción afecte el estado o calidad de las aguas o su escurrimiento;

d) La colocación, introducción o vertido de sustancias en aguas superficiales, siempre que tal acción afecte el estado o calidad de las aguas o su escurrimiento;

e) La colocación e introducción de sustancias en aguas costeras, siempre que tales sustancias sean colocadas o introducidas desde tierra firme, o hayan sido transportadas a aguas costeras para ser depositadas en ellas, o instalaciones que en las aguas costeras hayan sido erigidas o amarradas en forma permanente;

f) La colocación e introducción de sustancias en aguas subterráneas;

g) La toma de aguas subterráneas, su elevación y conducción sobre tierra, así como su desviación;

h) El estancamiento, la profundización y la desviación de aguas subterráneas, mediante instalaciones destinadas a tales acciones o que se presten para ellas;

i) Las acciones aptas para provocar permanentemente o en una medida significativa, alteraciones de las propiedades físicas, químicas o biológicas del agua;

j) Modificar artificialmente la fase atmosférica del ciclo hidrológico.

ART. 7° . La autoridad nacional de aplicación deberá:

a) Determinar los límites máximos de contaminación aceptables para las aguas de acuerdo a los distintos usos;

b) Definir las directrices para la recarga y protección de los acuíferos;

c) Fijar los parámetros y estándares ambientales de calidad de las aguas;

d) Elaborar y actualizar el Plan Nacional para la preservación, aprovechamiento y uso racional de las aguas, que deberá, como sus actualizaciones ser aprobado por ley del Congreso de la Nación.

Dicho plan contendrá como mínimo las medidas necesarias para la coordinación de las acciones de las diferentes cuencas hídricas.

ART. 8° . La autoridad nacional podrá, a pedido de la autoridad jurisdiccional competente, declarar zona crítica de protección especial a determinadas cuencas, acuíferas, áreas o masas de agua por sus características naturales o de interés ambiental.

 

Ley 10907 de reservas naturales

ART. 1º: Serán declaradas reservas naturales aquellas áreas de la superficie y/o del subsuelo terrestre y/o cuerpos de agua existentes en la Provincia que, por razones de interés general, especialmente de orden científico, económico, estético o educativo deban sustraerse de la libre intervención humana a fin de asegurar la existencia a perpetuidad de uno o más elementos naturales o la naturaleza en su conjunto, por lo cual se declara de interés público su protección y conservación.

ART. 4º: Podrán ser declaradas reservas naturales, aquellas áreas que reúnan, por lo menos, una de las características que se enumeran a continuación:

2. Que reúnan otras características tales que sean útiles al cumplimiento de los siguientes objetivos:

c) Protección del suelo en zonas susceptibles de degradación y regulación del régimen hídrico en áreas críticas de cuencas hidrológicas.

d) Conservar, en el estado más natural posible, ambientes o muestras de sistemas ecológicos y disponer permanentemente patrones de referencia respecto a ambientes modificados por el hombre. 

 

Ley 13569 de audiencias públicas

ART. 3º. CONVOCATORIA. La convocatoria a Audiencia Pública podrá ser efectuada por el Poder Ejecutivo, o por alguna de las Cámaras del Poder Legislativo, a cuyo fin bastará el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros del cuerpo convocante.-

ART. 4º. FINALIDAD. Podrá ser objeto de la Audiencia Pública todo asunto de interés general que a criterio de la autoridad convocante amerite ser sometido a consideración de la ciudadanía, quedando expresamente excluidos los referidos a reforma constitucional, aprobación de tratados y convenios, presupuesto, impuestos, recursos, creación de municipios y de órganos jurisdiccionales.-

ART. 5º. AMBITO. El ámbito de la convocatoria puede involucrar a todo el territorio de la Provincia, o bien circunscribirse a una región, cuando el tema sujeto a consideración se acote a una determinada zona.-

ART. 6º. FORMA. La convocatoria se efectuará con una antelación no inferior a los treinta (30) días corridos respecto de la fecha fijada para su realización, contendrá el objeto del llamado, la fecha y lugar de realización y de inscripción. Se publicará en el Boletín Oficial, en dos medios de mayor circulación y en un medio correspondiente a la zona donde el proyecto pudiera tener sus efectos por el plazo de tres (3) días. Este plazo podrá reducirse sólo cuando la autoridad convocante, mediante decisión fundada, considerara que la urgencia del asunto objeto de la convocatoria así lo exige. La convocatoria deberá consignar:

a) Autoridad convocante.-

b) Una relación de su objeto

c) Día lugar y hora de celebración de la audiencia.-

d) Dependencia pública donde se podrá tomar vista del expediente inscribirse para ser participante de la audiencia, presentar documentación y efectuar las consultas pertinentes

e) Plazo para la inscripción de los participantes.-

f) Autoridades de la Audiencia Pública.-

ART. 7º. PRESIDENCIA. La presidencia de la Audiencia Pública será ejercida por el Gobernador, el responsable del área respectiva, o un funcionario con atribuciones suficientes, o por el Presidente de la Cámara Legislativa convocante, según el caso, o el legislador o legisladores designados al efecto. Previo al comienzo, el Presidente deberá dar a conocer las reglas de procedimiento que regirán el funcionamiento de la Audiencia Pública, en las cuales no podrán realizarse votaciones.-

ART. 8º. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO. Las Audiencias Públicas son de asistencia libre. Los interesados en hacer uso de la palabra deberán inscribirse con una antelación de cinco (5) días al fijado para la realización, y aquellos que deseen formular preguntas en la Audiencia Pública deberán hacerlo por escrito y previa autorización del Presidente.

Podrán intervenir, a requerimiento de la autoridad convocante, investigadores y especialistas en el asunto a tratar.-

ART. 9º. EFECTOS. Las opiniones vertidas tendrán carácter consultivo no vinculante y serán transcriptas suscintamente en un acta que se levantará a ese efecto, donde podrán ser agregadas, previa autorización del presidente, observaciones o informes escritos.

La autoridad convocante consignará en los fundamentos de su decisión de qué manera se han tomado en consideración las opiniones vertidas en la Audiencia Pública.-

 

ya empiezan los problemas entre ellos, pero tampoco éstos miran por la raíz de los problemas a la salida.

Ante la necesidad de realizar obras hidráulicas de gran envergadura que eviten futuras inundaciones tanto en San Fernando como en Tigre, ambos municipios solicitaron realizar una modificación al documento original del Programa “Gestión Ambiental Sostenible” que financia, mediante el Banco Internacional de Desarrollo, obras para las tres Cuencas que integran el Río Reconquista.

La solicitud de los municipios se debió a que en la primera fase de financiamiento el COMIREC consideraba otorgar el mismo sólo a la Cuenca Media y no se estaba teniendo en cuenta a los distritos que integran la Cuenca Baja y que -principalmente en el caso de San Fernando- se vieron seriamente afectados con la inundación del pasado 2 de abril.

Una vez finalizada la reunión, el Secretario de Obras Públicas de San Fernando, Gastón D´Aquino afirmó: “Esta es la primera reunión regional de los municipios que integran la Cuenca Baja del Río Reconquista. Tenemos mucho que trabajar porque necesitamos que la Provincia le de soluciones a nuestros vecinos de San Fernando. Hoy no sólo presentamos proyectos para financiar obras hidráulicas en los dos municipios, sino que también volvimos a reiterar el reclamo por la obra inconclusa del Arroyo Pavón, ya que su falta de finalización está perjudicando seriamente a nuestros vecinos de Villa Jardín”.

Por su parte, el COMIREC se comprometió a incorporar el petitorio de los municipios al documento original del Programa, para que la Cuenca Baja también pueda obtener financiamiento de obras hidráulicas desde la primera fase de iniciado el mismo.

El Secretario de Obras Públicas también sostuvo: “Entendemos que el Programa está pensado para financiar temas de saneamiento ambiental, pero en San Fernando la prioridad número uno es que los vecinos no se inunden más; y para eso necesitamos ejecutar obras hidráulicas en el menor tiempo posible para evitar consecuencias más graves que las que ocurrieron con las últimas lluvias”.

Sustentable "Siesta"

En las asfixias que los apremian todos aspiran a inútiles "soluciones" cortoplacistas. El único verso que sostienen es el de la voz "sustentable", que usan todo el tiempo. Sin advertir o sin querer aceptar que lo que enlaza a todos los problemas de la cuenca son los benditos enlaces entre ecosistemas.

Que habiendo quedado destruídos en estas planicies extremas por todas las estúpidas obranzas de los hijitos dilectos de Isaac Newton fabulando energías gravitacionales donde no las hay y ya no sabiendo qué más rectificar, canalizar, polderizar y entubar, ahora se proponen SANEAR lo insanable.

Si no devuelven a las aguas del Reconquista sus dinámicas horizontales, es inútil que 100 Bancos Mundiales o BIDs vengan en auxilio.

Y si el BID no quiere entender que estos problemas no están al alcance de sus ciegos especialistas e insiste con mandar dinero, pues entonces que al menos cumpla con las leyes de los Procedimientos Ambientales y vayan estos especialistas a venderle sus cálidos procedimientos evaluatorios a sus abuelas.

No alcanza con haber firmado con el ministro de turno para imaginar que estos procedimientos que hoy aplican son los debidos a nuestros cuerpos legales. Ninguna de estas leyes está sujeta a arbitrios ministeriales. Los abusos en competencia ligada son los primeros que debemos corregir si queremos hablar de "integridad institucional".

Que el BID aprenda a no negociar con ministros por encima de las leyes.

Y que sus ingenieros aprendan de las leyes provinciales y nacionales antes de regalar maquillajes marketineros. No les hará ningún daño conocer las leyes de Procedimientos Ambientales locales. Y por el contrario, harán favor al Banco que los emplea para no cargar mamarrachos procedimentales, aunque estén revestidos de todas las galanterías y diagramas de matrices con que se precian de evaluar nuestras miserias ambientales.

Esas matrices no dicen una sola palabra de los déficits terminales del ecosistema de flujos convectivos de todos y cada uno de los tributarios urbanos del Oeste. Y si insisten en calificar a las obranzas realizadas en la década del 90 como positivas, primero vean de convencer al cura de que sus ignorancias son sinceras.

Hacer balances de matrices sobre un cuerpo de agua MUERTO es cosa de ...

Si al BID le sobran fondos y quiere prestar dinero, pues vayan al laboratorio de mecánica de Fluídos de la UBA y ofrézcanle a su directora un soporte para construir el primer laboratorio de flujos convectivos del planeta.

Si insisten en dormir la siesta arriba de la tumba de Newton, pues entonces que urdan modelización física para estudiar energías gravitacionales en planicies de tan sólo 2 mm de pendiente por kilómetro. Esa es la que tiene el Amazonas en los últimos 1000 Kms para sacar 140.000 m3/seg a 4 nudos /hora. Nuestro Paraná tiene 4 mm en los últimos 100 Kms y saca 13.000 m3/s a 1,3 Km/h. Que expliquen con física matemática estas incongruencias; y allí se darán cuenta de que han evadido la energía solar durante 300 años, por simple comodidad a fidelidad y calificación catecuménica.

Los modelos de caja negra han permitido a los mecanicistas mentirse y mentir a todo el mundo durante 300 años. Ya es hora de que despierten. Y si el BID les da una ayuda, será la contribución más noble que haga la institución en toda su historia.

A pesar de imprevisible el tiempo que se tome la ciencia para despertar de su cómoda siesta, hay dos caminos para estimularlos: que estas inútiles obras las paguen los ingenieros de su bolsillo, o que el BID los premie por estudiar flujos y baterías convectivas en aguas someras y sangrías mayores en planicies extremas.

Un premio especial de estímulo para el primero que descubra qué función cumplen los meandros, las costas blandas y los bordes lábiles en los enlaces de estos ecosistemas. Premio al fin para quien descubra que Madre Natura jamás perdonaría las barbaridades de los catecúmenos de Newton en los millones de aberraciones obradas en planicies extremas.

 

 

Propuestas que caben en las áreas insulares del Luján para ver de resolver los problemas de las salidas de los tributarios del Oeste, al tiempo de acercar las transiciones de estas áreas.

Las presiones medioambientales destacables, son las que en tierras de dominio público caben a las reservas de expansiones y enlaces interurbanos bien imaginables; por dar un ejemplo, de caminos prospectivables antes de que las presiones esperables los hagan en sus diseños, bien menos transitables.

Si los compromisos de jurisdiccionalidad nacional son hoy las vías navegables, miremos por los trazados más elementales e ineludibles que ya caben prospectivar en tenores viales comparables, que el banquero ciego de la Fundación Metropolitana no ve, ni en su ceguera intuye.

Enlazar los trazados costaneros con una ruta directa a Campana, luce básico si acompaña los ejes de las grandes dinámicas naturales. Si se prospectiva el nivel de presiones en este frente, como en los desarrollos que son bien imaginables en los refulados al Este del canal Emilio Mitre, pues ya tenemos entonces para tomar las cuestiones de estos “dominios públicos” con altísimos compromisos federales, con mucha mayor preocupación que la de ver a unos señores metiendo presión a estas “atipicidades” regaladas a sus negocios particulares apoyados en el “antes de”… Ver prospectivas en extenso video por

http://www.alestuariodelplata.com.ar/prospectivas4.html

Distintas propuestas de trazado, que a su vez reconocerían las regulaciones de caudal sobre los cursos que bajan del Paraná a ocupar el cauce del Luján

Estas propuestas son complementarias de las que refieren del ensanche del curso del Luján.

Las imágenes que siguen muestran la disociación térmica e hidroquímica de las aguas del Aliviador y las que ocupan el cauce del Luján; que tampoco son las del río Luján, sino de los desprendimientos que bajan del Paraná de las Palmas.

Obsérvese que el negro, nigrum, nigredo que la imagen muestra a los 300 m de la salida al Luján, no es lo que descubre la imagen fotografiada por mi, desde el avión a baja altura un 9/9/10, sino infinitamente menos.

Si no empiezan por aquí es inútil que le pidan ayuda al BID para arreglar los problemas del arroyo Pavón. Si fueran a mandinga a pedirle ayuda para resolver el dilema del Pavón, ya éste les diría que no es tan pavo como para ofrecer milagros.

Si no empiezan a mirar los problemas en el ano de salida es inútil que quieran resolver los mil problemas, que uno tras otro los van presionando y enloqueciendo. Me gustaría conocer al menos a un funcionario que mire un poco más lejos de sus narices.

El ano de salida está tapado desde hace algo más de 130 años, aunque empezó a mostrar sus miserias en los últimos 60 años. Cada año que pase será un infierno peor; hasta que se den cuenta y miren cómo ENFOCAR el problema. Ojalá esos millones del BID vayan aplicados a esta cuestión. De lo contrario habrá que esperar a que Massa asuma al frente del gobierno nacional y entonces se acuerde de esta materia pendiente.

De todas maneras va a necesitar quien lo ayude a ENFOCAR aunque para ello haya que sincerar. Desde aquí le ayudaremos.

Toda la ribera insular del Luján tendrá que aceptar un plan regulador para devolver en el tiempo que sea, el ancho perdido al curso que éste tenía hace 60 años. Esto es, unos 100 mts más de ancho a la altura del Canal Arias y unos 350 mts más de ancho a la altura de la isla frente al Club Náutico San Isidro. El ensanche debería alcanzar como mínimo hasta el Zanjón Villanueva a unos 19 Kms de distancia del frente estuarial.

Es en estas áreas a recuperar donde deberían conformar el veril más profundo del Luján, para favorecer, por una cuestión de gradiente térmico, los flujos transversales o convexión externa de las riberas urbanas a las insulares. Los refulados a obrar en estos ensanches rondarían los 20 millones de m3.

Esto es parte de la necesidad de mirar por los flujos de salida de todos los tributarios urbanos del Oeste, sin excepción, soberanamente MUERTOS, que hoy no alcanzan a salir al Luján y que cada día y cada año y cada siglo verán, en esos encierros de los que estos concejales no hablan, la marcha de lo espantoso a lo infernal.

Sin resolver los conflictos de salida es inútil que quieran resolver problemas ambientales en las cuencas medias y superiores. En los planos ecosistémicos el orden de los factores no es dable trastocar. Trastocar el orden de los factores no es escapar hacia adelante, sino multiplicar con insuperable necedad todos los problemas.

La imagen que sigue muestra qué limpita está la ribera insular para conformar un plan regulador infinitamente más urgente que la propuesta de aprobar atipicidades urbanísticas de 160 Hab/Ha en las áreas insulares.

Los municipios de las cuencas superiores tendrán que rogar que estos problemas se enfoquen y no precisamente con los maquillajes de arquitectos que jamás estudiaron en su Vida estos problemas, salvo imaginarlos en la mentalidad propia de los mecánicos de fluídos que siguen creyendo que el agua se mueve por pendientes. Al que venga con esa receta pídanle por favor que demuestre o al menos que intente explicar cómo se movería una molécula de agua en una superficie que cuenta con 4 mm de pendiente por Kilómetro. Y por favor: pídanle que lo ponga por escrito; así unos y otros tenemos oportunidad de reflexionar sobre su seriedad.

Si el ano está tapado es inútil tomar hepatalgina o pedirle al BID papel pintado.

Por cierto, todo lo clarito que se ve en la superficie de los cursos de agua, responde a photoshop. Todo ese "saneamiento ambiental" es puro verso.

Francisco Javier de Amorrortu, 13/7/13