Estudio INA 1 . 2 . . observaciones 1 . 2 . 3 . . planicie . . humedales . . Salida Luján 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Parque Industrial 1 . 2 . 3 . . Larena . . Aliviador . . Vinculacion . . Pilará 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . causa Pilará 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . . planEscobar 1 . 2 . 3 . 4 . . Ord 727 1 . 2 . 3 . . Consultatio 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . . altimetrias . . San Sebastián 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . . embalses . . EIDICO . 1 . 2 . . mentiras . . quantum . . El cazal EIRSA 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . La Cañada 1 . 2 . . humedal Escobar 1 . 2 . 3 . . Cartas Doc a Scioli . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . miserias . . cartas doc al OPDS 1 . 2 . 3 . a la AdA . al Juzg Fed 1ºSI . al Fiscal Federal . a Sergio Massa . a Zúccaro 1 . 2 . 3 . a Alvarez Rodríguez 1 . 2 . 3 . . a otros . . atropellos 1 . 2 . 3 . 4 . . playboy . 1 . 2 . . puertoescobar 1 . 2 . 3 . 4 . . areco . . cloaca 1 . 2 . . causa 2843 JF1SI 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . Colony Park 1 . 2 . . preguntas 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . respuestas . . remediacion . . recusacion . . amicus . . propuesta 1 . 2 . . terraplen . . jurisprud . . archivolegislativos . . hidrolinea 1 . 2 . 3 . 4 . . . art 59 . . Res.29/09 . . eiaydia 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . Valls . . parentescos . . contralor . . salvedades . . IAB . . flujo termodinámico 1 . 2 . 3 . convenglish . . plataforma 1 . 2 . . termodinamica 1 . 2 . 3 . . riovivo . . riomuerto . . mantos . . sedimentología . . acuíferos . . puelches 1 . 2 . . sustentable. 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . agua 1 . 2 . 3 . . pendientes 1 . 2 . . Luján . 1 . 2 . 3 . maná del cielo 1 . 2 . 3 . . ensanche . . zanjon . . garin . . cantón . . index

Las demandas inconstitucionalidad en SCJPBA pasaron al sitio http://www.hidroensc.com.ar

Arroyo Garín

Otro de los tributarios urbanos del Oeste que reconoce todas las miserias extremas imaginables, de cuyos flujos ordinarios mínimos nadie en la DIPSyOH supo dar respuesta; y a los que para rematar la ceguera del ojo mecánico, proponen meter en un tubo para que nadie se entere de esas miserias sin dispersión alguna que las ponga en el rango de las biodegradables y sigan cargando cada día más miserias desagradables.

Dice la DIPSyOH reconocer cuenca de 7.000 Has cuyos últimos 3 Km antes de intentar en vano salir al Luján, reconocen pendiente de tan sólo 4 mm x Km. Sin embargo, nuestra incalificable ingeniería hidráulica, incluídos consultores internos y externos, siguen fabulando modelaciones matemáticas con extrapolaciones gravitacionales que no han parado de multiplicar DESASTRES en estas planicies extremas.

Si a ello le sumamos la voracidad de los mercaderes de suelo para hacer sus mejores negocios con los peores suelos: y a ello le sumamos la ceguera de los gobiernos, las legislaturas y la Justicia para no mirar por los arts 2340, inc 4º, 2577 y 2572 del Código Civil que indican sin esfuerzo mental alguno que estas tierras por su anegabilidad y frecuencia pertenecen al dominio público; pues entonces ya estamos fabricando unos cuantos infiernos en la luna.

Esta historia no tiene una década, ni dos. Ya la impulsó en 1909 y 1910 un legislador y luego intendente de Pilar Tomás Márquez y a cuyos efectos hemos cargado la demanda I 71521 en SCJPBA. ver /incorte28.html

La continuó la familia Vianini y su DyOPSA en la década del 70. La siguió Supercemento y la completó Costantini y su Consultatio en legislatura bonaerense en 1990 aprobando el criminal proyecto NORDELTA que tan bien luce por arriba como infernal por abajo.

Estos desquicios no sólo están llamados a conciencia, sino a terminar metiendo clavos en la cabeza de unos cuantos que verán si en sueños alcanzan a descubrir cómo remediar en 1000 o en 5000 años, las bestialidades cometidas para amontonar papel pintado.

El caso es que en lo inmediato han buscado ayuda del Bco Mundial para en el 2010 empezar obranzas en las cuencas bajas del arroyo Garín y del arroyo Escobar, que por 300 millones (entonces 75 millones de dólares) buscan de seguir dibujando más ataúdes "hidráulicos" donde no hay otra gravedad que en sus crímenes. Ver Zanjón Villanueva, salida boba del arroyo Escobar al Luján en /zanjon.html . . Zúccaro, Alvarez Rodríguez, Guzman, Cariglino

Las imágenes de las crudas infracciones administrativas par asentar estos barrios que se ven en las imágenes que siguen comiéndose crudas las restricciones al dominio de 100 m inexcusables en ambas márgenes, no responden al pasado, sino al presente de la incalificable administración de Sandro Guzmán

De todas maneras, la provincia y en particular el gobernador Scioli es el que dispone que Escobar tenga este comportamiento tan singular. Para confirmar sus mamarrachos en planeamiento le pone el sello a la Ordenanza de zonificación 13.261/09 mediante el dec 2741/10. Ambos impugnados en la causa I 70751 en SCJPBA

Saca a su hermano Nicolás y a la Dra Ana Corbi del OPDS y pone en su lugar al más incompetente José Molina. Finalmente remplazado por Hugo Bilbao se ocupa éste de darle un premio a Sandro Guzmán por su gestión.

En la foto también aparece la Vicepresidenta de la AdA, probando que la sociedad es completa. Falta Scioli en la foto.

El Municipio de Escobar se convirtió en el primero en recibir del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) la certificación de sustentabilidad del Programa de Monitoreo de Industrias Comprometidas con el Medioambiente (PROMICA).

El reconocimiento se concretó este viernes 10/5/2013, en el cierre del seminario “Políticas y Estrategias para la Preservación del Recurso Hídrico”, organizado por la Municipalidad junto a la Autoridad del Agua (ADA) y el OPDS, con la colaboración de la Fundación Temaikén y la Asociación Civil IDEAH (Investigación, Desarrollo Ecológico Ambiental y Humano), del cual participaron decenas de representantes de emprendimientos industriales y urbanísticos que participan del PROMICA.

“Durante los últimos años hemos pasado a ser uno de los distritos con mayor desarrollo urbano e industrial y hemos trabajado muy seriamente para que esto se pudiera realizar en forma ordenada”, subrayó el intendente Sandro Guzmán antes de recibir la certificación del OPDS de manos de su titular, el ingeniero Hugo Bilbao. “Sabemos que este tipo de desarrollo se traduce en fuentes de trabajo, pero también tenemos que estar atentos para cuidar el medio ambiente. Por eso nos propusimos poner en marcha esta iniciativa”, agregó el mandatario.

Por su parte, Bilbao destacó que Escobar fue el primer municipio del país en recibir la certificación de sustentabilidad del ProMICA.

Lo que no dice Bilbao, es que el arroyo Garín, al igual que todos los arroyos tributarios urbanos del Oeste al Luján, está soberanamente MUERTO y en esas condiciones ninguna sustentabilidad es sustentable más allá de su sostén en la lengua de Bilbao, que no parece recordar la cualidad que en el valor de la palabra siempre sostuvieron sus ancestros vascos.

Tampoco dice Bilbao que Escobar sigue sin acreditar una oficina de Planeamiento con aptitudes para decidir las convalidaciones técnicas finales y por ello todos los barrios en ejecución en Escobar están en falta con el área de Urbanismo Provinvial a cargo de la Arq Claudia Rodríguez y ésta dependiendo directamente de la ministra Alvarez Rodríguez, que a ninguno de ellos les validó esa decisiva factibilidad final.

Ninguno de esos barrios reconoce haber cumplido con el proceso ambiental que a partir de la ley particular que les exige el art 12º de la ley 25675, cuenta con ella para la formulación de los Estudios de Impacto Ambiental.

Ninguno de ellos ha realizado la audiencia pública en el marco de la ley 13569. Ninguno tiene por ello una evaluación de Impacto y una declaratoria de impacto Ambiental DIA, que merezca su nombre. Todo lo que hay es trucho del lado que se lo mire.

El representante del OPDS, Federico Bordelois en audiencia citada por la jueza Baldi en la causa Sol de Matheu, confiesa que ellos no intervienen si no es a solicitud de un municipio. O sea, el policía no aparece si no es a pedido del ladrón. http://www.lineaderiberaurbana.com.ar/linea11t.html

A su vez la AdA que debe emitir las resoluciones hidráulicas jamás lo ha hecho con caracter resolutorio definitivo; siempre "precario y revocable".

Por tanto, en las competencias provinciales no tenemos, ni CTF, visa del área de urbanismo o Convalidación Técnica Final, ni ley particular para formular los EIA sin que sean cantos de sirena; ni audiencia pública según ley 13569; ni respuestas a las observaciones según art 9º ley 13569; ni la correspondiente EIA, ni la correspondiente DIA. Aclaro que expresión "correspondiente" refiere a aquello que ha cumplido las etapas anteriores del Proceso Ambiental. Tampoco, reitero, tiene las resoluciones hidráulicas con carácter resolutorio final y tampoco la salvedad de haber superado la demanda en SCJPBA causa 70751. También recuerdo que el Cantón ha violado durante 3 años la paralización de obras confirmada por la Cámara de Apelaciones de Campana. Sólo les falta el premio que tarde o temprano llega.

Recuerdo que el OPDS es quien por incs 7º y 8º del Punto I del Anexo II de la ley 11723 y adicional Res 029/09 del propio OPDS, es quien debe atender las evaluaciones de impacto ambiental de estos barrios en planicie intermareal en cota + 1 m s.n.m.

También recuerdo que las laxas disposiciones Res 234/10 de la AdA sobre las cavas criminales tampoco ha sido respetada y a ello van estas imágenes que hablan de la honestidad desvergonzada y criminal del premio que reparten.

C ausa 71516 en SCJPBA por http://www.hidroensc.com.ar/incorte20.html

Si a estos balances les sumamos las violaciones a las restricciones de 100 m inexcusables en las márgenes de los arroyos y los dineros solicitados al BID y al Banco Mundial para inútiles sarcófagos apuntados como "hidráulicos" por una ciencia hidráulica que ha mentido durante 300 años y que serán pagados religiosa y silenciosamente por los siervos de la gleba; pues ya tienen los vecinos del arroyo Garín imágenes y cartas históricas y textos para advertir las fragilidades de estos suelos e impidan que la ilusa respuesta de los entubamientos vaya por más mercado de ocupación de suelo.

Todo ésto es lo que adeuda Escobar en materia barrios cerrados y adicionales desórdenes urbanísticos en barrios abiertos. A pesar de no estar hoy Guzmán del lado de Scioli, sino de Massa, los amigos de Scioli siguen de los dos lados repartiendo "premios". Esto permite entender quiénes son los pere-jiles.

Francisco Javier de Amorrortu, 19 de Agosto del 2013

 

La toma de la imagen anterior está planteada desde el final de la foto que sigue (cuadritos azules), hacia arriba

 

La imagen inmediata anterior está planteada en el puente de cruce a localizar en la mitad del área urbana en la imagen que sigue . Por aquí pretenden sacar los eventos extraordinarios de 7000 Has. Y en adición, los vecinos están luchando para evitar que el paso del Garín por estos espacios urbanos sea entubado.

En lugar de expropiar y hacer cumplir la ley 6253 cuyo decreto reglamentario 11368/61 dice en su art 5º que las restricciones al dominio son de 100 m inexcudables, proponen tapar estos dislates, con más dislates.

Mecánica común y silvestre del mecánico distraído que dejó las tuercas de la rueda de las leyes sin apretar.

Art 5º . En los ríos, arroyos, canales y lagunas, cuando la zona de "conservación de los desagües naturales”, determinada por desbordes extraordinarios, supere los cien (100) metros de ancho; podrá reducirse dicha zona a esta última magnitud, contada a partir del borde superior del curso ordinario, siempre que se efectúen obras de relleno aprobadas por el MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS (Dirección de Hidráulica).

Posteriormente en 1979 por dec 1359, refrendado por dec 1549 en 1983 y ambos reglamentando la ley 8912 de Ordenamiento territorial y Uso del Suelo, estos "saneamientos" o rellenos en suelos anegables quedaron expresamente PROHIBIDOS.

Y por si fuera poco, el municipio de Tigre en el 2013 por dec 176 y el de Pilar por dec 1365/12 acaban de reiterar la misma prohibición.

Escobar se escuda en la figura del niño torpe que no tiene oficina de planeamiento que le permita asumir las responsabilidades que le otorga la provincia a los municipios por dec 1727/02 y así sigue incumpliendo con todo lo que se le ocurre. Entre ello, realizar barrios de 1400 Has sin la Convalidación Técnica Final de la Provicnia.

Situación delictual en que incurren de Muertos del Lago, el Cantón San Marco, El Cazal y otros de EIDICO

Sigue imagen del 2008 con arranque en el Paraná de las Palmas mostrando los últimos 3000 m del Garín y el canal Villanueva antes de salir al Luján, con pendientes de 4 mm x Km en el mismo fondo del viejo estuario.

Luego siguen los 5,2 Km que separan al Luján del Paraná, mostrando el Canal Arias, Caraguatá y Carapachay.

Estos tres cursos deberán ser desviados para evitar que sus aguas alcancen el cauce del Luján e impidan el acceso al mismo de las aguas con menos energías convectivas y cargadas de disociaciones térmicas e hidroquímicas de los MUERTOS tributarios urbanos del Oeste que buscan sin lograrlo, salir al estuario por el estrecho cauce del Luján; que amén de vedar el paso a los del Paraná deberá ser triplicado en su ancho.

 

La imagen inmediata anterior está planteada al final del Garín en la curva de salida al canal Villanueva a unos 8 cm del borde superior izquierdo de la imagen que sigue.

De la historia del primer "zanjón" y del multiplicado nombre de Villanueva .

A fines del siglo XIX Benito Villanueva, a la sazón Vice Presidente de la Nación, funda el "Establecimiento Los Arenales", hoy Ing. Maschwitz. Ya en el siglo XX y a los efectos de permitir el ingreso de navíos a sus campos, manda construir un primer "Zanjón", hoy dique Luján de 550 m de longitud

En 1910 el gobierno encarga a una empresa holandesa la continuación de este zanjón, hoy dique Luján, hasta el Paraná de las Palmas; tramo que hoy conocemos como canal Arias.

Un nuevo canal de aprox 4500 m de extensión que pretende remplazar lo que la DIPSyOH da en llamar "zona de fuertes meandrificaciones" por no gustarle el nombre de bañados del arroyo Escobar o del Luján que ellos siempre tienen la receta de cómo "sanear", aparece 2000 m al Norte de este viejo zanjón (dique Luján) y se apropia del nombre: "Zanjón Villanueva". A este dedicamos en /zanjon.html nuestra atención.

Otro canal que hoy lleva el nombre de Canal Villanueva aparece 1000 m al Sur del dique Luján a la altura de Villa La Ñata. Este tiene unos 5000 m de extensión y da lugar al remplazo de la salida original del arroyo Garín, que a través de sus bañados recogia la energía convectiva para alcanzar sus aguas al río Luján; 300 años atrás al antiguo estuario.

Hoy no recoge otra energía que las fábulas de Newton sobre energía gravitacional en planicies de 4 mm de pendiente por Km y así es como todo luce soberanamente MUERTO a pesar de los millones que no cesan de aplicar a que esta ley de la gravedad funcione donde no hay pendiente. A éste fue nuestro hipertexto.